Indica que lo propio ocurre con referencia a la actualización y multa prevista en el
Indica que lo propio ocurre con referencia a la actualización y multa prevista en el Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006 dispuesta en la sentencia, por lo que en estricta aplicación de los principios de justicia y equidad corresponde dejar sin efecto la aplicación de dicha sanción, toda vez que los actores no han acompañado prueba que advierta que el Ministerio del Trabajo hubiese aprobado el Reglamento específico que respalde los procedimientos establecidos conforme previó el artículo 13 del indicado Decreto Supremo, conforme tienen establecido en procesos similares, concluyendo que no es aplicable al presente caso
- En grado de apelación deducida por la Empresa demandada, por Auto de Vista Nº 302/2009
- Acusa la errónea valoración e interpretación, así como indebida aplicación de la ley y de
- Indica que lo propio ocurre con referencia a la actualización y multa prevista en el
- Asimismo acusa la nulidad del fallo objeto del presente recurso, por haber sido pronunciado alterando
- Concluye su recurso solicitando que este Tribunal CASE o en su caso ANULE el injusto
- CONSIDERANDO II: Que, expuestos los fundamentos del recurso de casación y/o nulidad, se debe considerar
- Respecto a la actualización y multa prevista en el Decreto Supremo Nº 28699 de 1
- Como se tiene señalado en el párrafo anterior, el artículo 267 del Código de Procedimiento
- En cuanto a la infracción de normas de orden público como señala la demandada, debe
- Que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en transgresión, violación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
