Auto Supremo AS/0239/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0239/2014-RA

Fecha: 11-Jun-2014

De la revisión de la primera denuncia (1), se advierte que el recurrente, de manera


De la revisión de la primera denuncia (1), se advierte que el recurrente, de manera muy general, manifiesta que el Auto de Vista impugnado, no toma en cuenta la previsión del art. 123 de la CPE, que regula la irretroactividad de la norma y la aplicación de la norma más favorable para el imputado, refiriendo las Sentencias Constitucionales 1207/2011-R de 13 de septiembre, 358/2010-R, 163/2011-R de 21 de febrero y 473/2011-R de 18 de abril; incumpliendo en consecuencia la invocación de precedentes contradictorios, la consecuente identificación de hecho similar y demás requisitos procesales exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP, más, cuando las Sentencias Constitucionales no constituyen precedentes contradictorios conforme las normas citadas, lo que impide desarrollar la labor de contraste que la Ley asigna a este Tribunal en la resolución de los recursos de casación. Por ello este motivo deviene en inadmisible