POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
Por las razones expuestas, corresponde fallar en la forma prevista por los arts.271 núm. 2), 273 y 271 núm. 1) y 272del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el artículo 42 núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial, en aplicación de lo previsto por los arts.271 núm. 2), 273 y 271 núm.1) y 272 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la formae IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo ambos interpuestos por memorial de fs.283 a 287, interpuesto por Nelson Donald García Rivero. Con costas
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el artículo 42 núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial, en aplicación de lo previsto por los arts.271 núm. 2), 273 y 271 núm.1) y 272 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la formae IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo ambos interpuestos por memorial de fs.283 a 287, interpuesto por Nelson Donald García Rivero. Con costas
- Partes
- Proceso : Nulidad
- Distrito :
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que a su vez es recurrida de casación en el fondo y en la
- 2.- Recurso de casación en la forma
- Que la Sentencia y el Auto de Vista argumentan y fundamentan sus fallos en simples
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En ese sentido, cabe precisar que la finalidad del recurso de casación en el
- Dicho esto y por utilidad procesal, previamente se resolverá el recurso de casación en la
- Con relación al recurso de casación en la forma interpuesto, denunciando el incumplimiento por los
- Respecto a la falta de fundamentación del Auto de Vista, así como la falta de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario del abogado en la suma de Bs. 1000
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Cuarto
