Auto Supremo AS/0324/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0324/2014

Fecha: 26-Jun-2014

En este entendido es necesario puntualizar que en el caso en análisis, el recurrente plantea

En este entendido es necesario puntualizar que en el caso en análisis, el recurrente plantea recurso de casación en el fondo, recurso que está dirigido a proteger la correcta aplicación de la ley en los fallos judiciales, buscando el imperio de la seguridad jurídica y la igualdad de los ciudadanos ante la ley, el recurso es encaminado a invalidar una Sentencia cuando se hubiera infringido una ley, para que el Tribunal de casación emita una nueva resolución en el fondo aplicando correctamente la ley infringida, por lo que de la revisión del recurso interpuesto por Luis Ramiro Pérez Peredo, se tiene que éste hace una relación o exposición del trabajo que habría realizado durante 17 meses, haciendo además mención al pronunciamiento del Ad quem en cuanto a la fijación de sus honorarios profesionales, para luego solicitar se anule obrados sin tomar en cuenta que interpone recurso de casación en el fondo, por otra parte, no señala o acusa alguna de las causales que prevé el art 254 del Cód. Pdto. Civil. Asimismo solicita se case el Auto de Vista recurrido y se declare probada su demanda principal sin tomar en cuenta lo establecido por el art. 253 del Cód. Pdto. Civil que determina que para la procedencia del recurso de casación en el fondo es necesario que la resolución recurrida contenga errónea interpretación o indebida aplicación de la ley, o cuando contuviera disposiciones contradictorias y cuando en la apreciación de las pruebas se hubiera incurrido en error de derecho o en error de hecho, requisitos que no se advierten en el recurso de casación de fs. 385 a 387