POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara: INFUNDADO el recurso de casación en el fondo fs. 477 a 478
- Auto Supremo Nº 158/2014
- Sucre, 23 de julio de 2014
- Expediente: SSA.II-SCZ.158/2014
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
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- Posteriormente la misma Comisión de Calificación de Rentas emitió la Resolución Nº 0007415 de 13
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- Concluyó solicitando al Tribunal Supremo de Justicia, que deliberando en el fondo dicte auto supremo
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, corresponde resolver el mismo
- Así en la parte in fine de dicho precepto, se consignan los documentos elegibles a
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- En ese entendido, es preciso determinar que los aportes que realizan los beneficiarios durante su
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Sin costas por mandato del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
