Auto Supremo AS/0334/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0334/2014-RA

Fecha: 18-Jul-2014

En relación a la mera enunciación de defecto absoluto, al no haberse cumplido con los


Con relación al motivo segundo, referido a que ni en la Sentencia ni en el Auto de Vista existe fundamentación sobre su participación en el hecho imputado, no estableciéndose en qué forma el Ministerio Público ha cumplido con la carga de la prueba, al no existir elementos que lo vinculen al ilícito, por lo que alega su inocencia, además, que se habrían incurrido en defectos absolutos; se establece que, si bien el recurrente citó los Autos Supremos 317 de 13 de junio de 2003 y 61 de 18 de julio de 2005; empero, en primer término, los mismos no fueron invocados en apelación restringida como correspondía; y, por otro lado, omitió explicar en qué consiste la contradicción en que habría incurrido el Tribunal de alzada, ni cuál su relación con los argumentos planteados, limitándose a su simple cita y transcripción parcial, labor que no puede ser suplida por este Tribunal de oficio, consecuentemente se concluye que el impetrante incumplió con los arts. 416 y 417 del CPP, deviniendo este motivo del recurso también en inadmisible.

En relación a la mera enunciación de defecto absoluto, al no haberse cumplido con los presupuestos de flexibilización establecidos y explicados por este Tribunal, tampoco corresponde ingresar al fondo por esa vía