De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Sustanciado el juicio oral, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Sentencia 20/2013 de 19 de noviembre (fs. 1536 a 1540) y Auto Complementario de 21 de noviembre de 2013, declaró a los imputados: Ricardo Justiniano Rodríguez, autor de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas previsto en el art. 48 de la Ley 1008 y le impuso una pena de doce años de privación de libertad, más el pago de costas y una multa de 200 días a razón de Bs. 2.- por día y a Fanny María León Barriga, autora de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, en grado de complicidad previstos en el art. 48 y 76 de la Ley 1008, imponiéndole la pena de ocho años de privación de libertad, más el pago de una multa de doscientos días a razón de Bs. 2.-, por dia
- Por memorial presentado el 23 de junio de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista el 16 de junio de
- Con base en lo expuesto, solicitó que el Tribunal Supremo de Justicia, deje sin efecto
- El art
- En este contexto, el art
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, transcripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A lo señalado, se añade un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De igual forma, con relación al Auto Supremo 131 de 13 de mayo de 2005,
- Por último, con relación a la Sentencia Constitucional 1867/2004-R, se debe precisar que de acuerdo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
