Se evidencia que es una copia exacta del recurso de casación del imputado Iber Sandro
Se evidencia que es una copia exacta del recurso de casación del imputado Iber Sandro Rodríguez Condori, por lo que los motivos son los mismos que fueron detallados en el acápite II.1 de la presente resolución, siendo innecesario volver a transcribir, con la única variante que el recurrente Raúl Jerez Guerrero en cuanto a la invocación de los Autos Supremos 1999/01 Sala Penal 1, 068 de 29 de enero de 1999 y 2000/01, Sala Penal 1, 012 de 18 de enero de 2000, señala que existe contradicción con éste último, puesto que el tribunal de apelación advirtió de forma expresa en el punto tres del Auto de Vista impugnado, que si bien la sentencia cumple con todas las exigencias aclara que no se han acreditado los elementos constitutivos de los tipos penales de Asesinato y Robo Agravado, que no existe “prueba plena” para que se le haya condenado por esos delitos, correspondiendo revocar la sentencia y disponer la absolución en su favor conforme el art. 363 núm. 2 del CPP
- Por memoriales presentados el 7 de julio de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, los querellantes Rogelio Pantaleón y Esperanza Saravia de Pantaleón (fs
- De los memoriales que cursan de fs
- Por último, intitulando: “FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LAS CONTRADICCIONES” (sic) manifiestan que, no se aplicó correctamente
- II.2 Recurso de casación de Raúl Jerez Guerrero
- Se evidencia que es una copia exacta del recurso de casación del imputado Iber Sandro
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado y de la revisión de los antecedentes se tiene que, los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el artículo
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
