Auto Supremo AS/0006/2014-COMP
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0006/2014-COMP

Fecha: 13-Ago-2014

Que, el art

Que, el art. 210 del CPT, concordante con el art. 257 del Cód. Pdto. Civil, establecen de manera expresa que el recurso de casación debe ser interpuesto en el término fatal de ocho días, desde la notificación al recurrente con el auto de vista, plazo que es improrrogable y corre de momento a momento a partir de la hora de notificación con el auto recurrido. De lo expuesto precedentemente se concluye que el recurso de casación fue interpuesto fuera del término fatal de ocho días; por consiguiente, es correcto el rechazo de la concesión de la casación, en aplicación del art. 90 de la Ley 439, aplicable al caso de análisis por permisión del art. 252 del CPT