Que, en el caso sub lite, el actor José Ignacio Suarez Salas, mediante demanda de
Que, en el caso sub lite, el actor José Ignacio Suarez Salas, mediante demanda de fojas 5 a 5 vuelta, pretende la declaración Judicial de Paternidad con la finalidad que se declare a Gabriel Suarez Hurtado como progenitor del mismo y se disponga la inscripción de su nacimiento con el apellido de su padre (el demandado), lo cual conlleva implícitamente la intención de impugnar refutando su actual filiación por la cual Abel Suarez Méndez le habría reconocido como hijo al mismo a consecuencia de una unión libre con Lola Vargas Salas, solicitando al órgano jurisdiccional la inscripción de José Ignacio y otros hijos por ante la Oficialía de Registro Civil demanda atendida conforme se tiene de las literales que salen a folios 28 a 33 de obrados, en cuyo mérito, correspondía que la demanda se hubiera dirigido también en contra de Abel Suarez Méndez cuya filiación de padre con su hijo José Ignacio Suarez Salas quedaría afectada, y no únicamente en contra Gabriel Suarez Hurtado, aspecto que no fue advertido menos reparado oportunamente por los Tribunales de instancia
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de obrados, a fojas 225, se evidencia que el recurrente Gabriel Suarez
- Que, el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, faculta al Tribunal de Casación “anular
- Que, en el caso sub lite, el actor José Ignacio Suarez Salas, mediante demanda de
- De lo expuesto, se infiere que la demanda de Declaración Judicial de Paternidad en Sentencia,
- Corresponde aclarar que dicha integración corresponde al Juez de la causa y no puede ser
- Que, los Jueces y Tribunales de alzada deben tener presente que la integración a la
- Por las razones expuestas, aún bajo el riesgo de demorar la resolución final del litigio,
- Cumpliendo con lo previsto por el artículo 17, parágrafo IV de la Ley del Órgano
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
