Auto Supremo AS/0340/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0340/2014

Fecha: 15-Ago-2014

En el caso en examen en la demanda se pretende el resarcimiento por trabajos realizados


En el caso en examen en la demanda se pretende el resarcimiento por trabajos realizados y falta de ganancia por rescisión unilateral de un contrato administrativo de consultoría en línea como Coordinador en Monitoreo y Evaluación de Apoyo a la Unidad ejecutora del Programa de la Cuenta del Desafío del Milenio a la Formulación y Preparación de la propuesta del país a la Corporación del Desarrollo del Milenio, suscrito con la Unidad Ejecutora del programa del desafío del Milenio, dependiente del Ministerio de Planificación del desarrollo; es decir se trata de un contrato administrativo de prestación de Servicio, cuyas emergencias, como es el caso de un eventual resarcimiento de daños y perjuicios a causa de la rescisión unilateral del mismo, no es competencia de la jurisdicción civil sino de la jurisdicción administrativa por vía del proceso contencioso, tal como se explicita precedentemente. En nada le afecta a la competencia el hecho de que no se consigne en el contrato la jurisdicción aplicable para la resolución de los conflictos emergentes de la ejecución del contrato, pues la competencia por razón de materia es de orden público, y por lo mismo no es disponible por los justiciables. Consiguientemente no es verdad que los jueces de instancia hayan violado e interpretado erróneamente las normas legales que se denuncian ni que hubieran incurrido en error de valoración de la prueba, razón por la cual el recurso deviene en infundado