En el caso de autos, se constata que el Ministerio Público ahora recurrente, cumplió con
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se constata que el Ministerio Público ahora recurrente, cumplió con el primer requisito de forma, relativo al plazo para la interposición del recurso de casación, habida cuenta que, fue notificado con el Auto de Vista el 8 de julio de 2014, interponiendo el recurso de casación, el 15 del mismo mes y año, esto es, dentro del plazo de los cinco días que otorga la ley
- Por memorial presentado el 15 de julio de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los condenados presentaron recursos de apelación restringida (fs
- c) Notificado el Ministerio Público con el referido Auto de Vista el 8 de julio
- Del memorial que cursa de fs. 80 a 81, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el Ministerio Público ahora recurrente, cumplió con
- Extractado como ha sido el contenido del recurso de casación interpuesto por el representante del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
