Que, ante esta Sentencia, Daniel Faldin Tapia, de fojas 1155 a 1157 vta
Que, ante esta Sentencia, Daniel Faldin Tapia, de fojas 1155 a 1157 vta., Víctor Hugo Escobar Orellana, de fojas 1161 a 1163 vta., y Víctor Hugo Alcoba Avalos de fs. 1172, de obrados, plantearon Recurso de Apelación Restringida, mismos que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los artículos 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 27 de Abril de 2010, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dictó Auto de Vista, cursante de fojas 1224 a 1227, declarando Admisibles e Improcedentes los recursos de apelación restringida interpuestos por los recurrentes
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia, Daniel Faldin Tapia, de fojas 1155 a 1157 vta
- Que, del estudio de los Recursos de Casación, se establece como motivos de los mismos
- 2
- El Auto de Vista, no se pronunció sobre los agravios sufridos expresados en el Recurso
- Petitorio.- Solicitó la admisibilidad del recurso y la anulación del Auto de Vista
- RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR DANIEL FALDIN TAPIA
- Petitorio
- 1
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Continuando con el análisis de los datos procesales que informan esta causa, se tienen las
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora hágase conocer el presente Auto Supremo a
- Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramírez
