Auto Supremo AS/0387/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0387/2014

Fecha: 18-Sep-2014

Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo Nº : 387/2014
Fecha : 18 de septiembre de 2014
Distrito : Santa Cruz
Expediente : 216/2009
Partes : Ministerio Público c/ Manuel Muñoz Navarro y Jesús
María Gonzales Moreno
Delito : Transporte de Sustancias Controladas
Recurso : Casación

VISTOS: (Del Recurso en cuestión)
Los Recursos de Casación planteados el primero por Jesús María Gonzales Moreno de fs. 178-180 y vta., y el segundo Manuel Muñoz Navarro de fs. 186-188 y vta., impugnando el Auto de Vista Nº 75/2009 de 04 de agosto, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, ahora Tribunal Departamental del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del Proceso Penal seguido por el Ministerio Público contra Manuel Muñoz Navarro y Jesús María Gonzales Moreno, por la presunta comisión del Delito de Transporte de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas Nº 1008, los antecedentes de la causa; y,
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal de fs. 5-7, el Tribunal de Sentencia Séptimo del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Sentencia Nº 10/2008 de 07 de junio, cursante de fs. 114-127 por unanimidad, resolvió declarar a Manuel Muñoz Navarro, Autor y Culpable de la comisión del Delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley Nº 1008, y a Jesús María Gonzales Moreno, Autor y Culpable de la comisión del Delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley Nº 1008, condenándoles a cumplir la pena individual de 10 años de presidio, a cumplir en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz (Cárcel Pública de Palmasola), al pago de 200 días multa a razón de un boliviano diario y al pago de costas a calificarse en ejecución de Sentencia. Que, ante la Sentencia de fs. 114-127, Manuel Muñoz Navarro, plantea Recurso de Apelación Restringida cursante de fs. 150 -152 y Jesús María Gonzales Moreno de fs. 154-157, los mismos que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 04 de agosto de 2009, la Sala Penal Segunda de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, ahora Tribunal Departamental del Distrito Judicial de Santa Cruz, dictó Auto de Vista Nº 75/2009, cursante de fs. 169-170 y vta., declarando Improcedentes los Recursos (fs. 150-152) y (fs. 154-157), interpuesto por Manuel Muñoz Navarro y Jesús María Gonzales Moreno