Finalmente de la verificación de antecedentes que hacen al legajo procesal y conforme los motivos
Finalmente de la verificación de antecedentes que hacen al legajo procesal y conforme los motivos expuestos y argumentados por el Auto Supremo 174/2014 SPL, se concluye la falta de motivo alguno que justifique la existencia de defectos absolutos. La afectación posible al derecho a una defensa técnica real y no formal a favor del recurrente, no puede ser considerado en este caso, ya que tanto la Sentencia y el Auto de Vista, contienen los suficientes fundamentos y argumentos que sustentan la decisión judicial, lográndose determinar que la condena fue resultado de una correcta aplicación de las reglas de la sana crítica, con respecto a amplio resguardo de los derechos y garantías constitucionales otorgados a las partes procesales
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante la Sentencia, Celso Cruz Gonzales, planteo Recurso de Apelación Restringida mismo que previo
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos los siguientes aspectos
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: Verificadas las actas de diligencia de notificación y presentación de ambos recursos se establece,
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- De la invocación de los precedentes contradictorios
- De la contrastación con el Auto de Vista
- Finalmente de la verificación de antecedentes que hacen al legajo procesal y conforme los motivos
- Por los argumentos señalados, además de establecerse el incumplimiento de los requisitos formales de admisibilidad
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.-
