Auto Supremo AS/0405/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0405/2014

Fecha: 22-Sep-2014

Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos los siguientes aspectos

Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Celso Cruz Gonzales, plantea Recurso de Casación contra el Auto de Vista precitado de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación)
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos los siguientes aspectos:
En el Recurso de Casación formulado por el imputado se denuncia la falta de congruencia por la modificación del tipo penal entre la acusación fiscal, la sentencia y la aplicada por el Tribunal de Alzada, es decir, que fue acusado y sentenciado por la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas y que el Tribunal de Alzada lo modificó por Transporte Sustancias Controladas, vulnerando el principio de congruencia establecido por el art. 362 del Código de Procedimiento Penal invocando como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional N° 342 de 13 de abril de 2000
Petitorio.- Solicita, que previo tramite de ley y advirtiéndose la contradicción del Auto de Vista recurrido se pronuncie resolución estableciéndose la Doctrina Legal Aplicable y en consecuencia se devuelva obrados ante la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz o en su caso se dicte nueva sentencia declarándosele absuelto de pena y culpa
De la Invocación del Precedente Contradictorio.- Que, de conformidad a lo previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, el momento procesal oportuno para la invocación de los precedentes contradictorios es en la formulación del Recurso de Apelación Restringida o al momento de formular del Recurso de Casación cuando la contradicción se genere con la emisión del Auto de Vista del cual se recurre