Tercero, declara probada en parte la excepción de cosa juzgada de fs
Tercero, declara probada en parte la excepción de cosa juzgada de fs. 238 y 249 interpuesta por Paola Karina Herrera Terán, Helen Fátima Herrera Terán y Manuel Franz Herrera Terán, teniéndose como bienes gananciales los depósitos de dinero enumerados a fs. 209 vta. del memorial de oposición, debiendo asignarse el 50% de los mismos más la sexta parte por derecho sucesorio a favor de Beatriz Peralta Vda. de Herrera, consistentes en los siguientes depósitos que se detallan: Depósito de $us. 47.355 constituido en inmobiliaria El Progreso, actualmente cursante en depósitos judiciales dentro del proceso de inventario que cursa en el Juzgado de Instrucción Tercero en lo Civil, depósito de $us. 15.866,92 realizado en la Cooperativa El Churqui el 28 de octubre de 2002, depósito de $us. 33.310,61 en la Cooperativa El Churqui el 29 de agosto de 2002, depósito de $us. 16.655,33 en la Cooperativa El Churqui, igual se dividirán los intereses generados. Sin costas por ser juicio doble
- Proceso: División y partición de bienes
- Distrito: Tarija
- Tramitado el Proceso, el Juez de Partido Segundo de Familia de la ciudad de Tarija,
- Segundo, declara probada parcialmente la demanda reconvencional de fs
- Tercero, declara probada en parte la excepción de cosa juzgada de fs
- Respecto a este punto Tercero, el A quo mediante el Auto de fecha 4 de
- De igual modo señaló que en ejecución de sentencia se procederá a la designación de
- Contra la referida Sentencia, Helen Fátima y Paola Karina Herrera Terán, por si y su
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación en la forma y en el fondo,
- En la forma
- En el fondo
- De igual forma, denuncia la vulneración de los arts
- Por las razones expuestas solicita a éste Tribunal Supremo que anule obrados hasta el vicio
- Por las razones expuestas, éste Tribunal falla en la forma prevista por el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
