Auto Supremo AS/0002/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0002/2015-RA-L

Fecha: 21-Ene-2015

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 19/2009 de 15 de junio (fs. 113 a 120), el Tribunal Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior de Justicia de Potosí, declaró a Mario Teófilo Calvo Escobar, autor de la comisión del delito de Hurto tipificado por el art. 326 CP, imponiéndole la pena de un año y seis meses de reclusión, más costas y daño civil, averiguables en ejecución de sentencia.

b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado, interpuso recurso apelación restringida (fs. 126 a 127), resuelto por Auto de Vista 034/2009 de 10 de septiembre emitido por la Corte Superior de Justicia de Potosí, que declaró improcedente el citado recurso y confirmó totalmente la Sentencia apelada.

c)El 8 de octubre de 2009, (fs. 157 vta.), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista y el 12 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1)El recurrente, alegando en principio vulneración del derecho al debido proceso, defensa, justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones, conforme el art. 116 parágrafo II de la Constitución Política del Estado (CPE), denuncia que la Sentencia 19/2009 pronunciada por el Tribunal a quo es errónea e injusta, por existir infracción a la Ley, valoración defectuosa de la prueba, además de ser incongruente y contradictoria