Sobre el segundo motivo de casación, referido a que el Tribunal de alzada al emitir
Sobre el segundo motivo de casación, referido a que el Tribunal de alzada al emitir el Auto de Vista recurrido debió declarar su inocencia o en su caso rebajarle la pena impuesta por ser incongruente con su personalidad, estableciéndose que no se emitieron resoluciones judiciales a la sana critica, para el efecto citó los Autos Supremos 438 de 24 de agosto de 2007 y 504 de 11 de octubre de 2007
- Por memorial presentado el 12 de octubre del 2009, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Haciendo una remembranza de lo acontecido en todo el proceso, alegó error en su conducta,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 8 de octubre de 2009, el
- Respecto al primer motivo, por el cual el recurrente denuncia que la Sentencia Nº 19/2009,
- Sobre el segundo motivo de casación, referido a que el Tribunal de alzada al emitir
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
