La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Rafael Luis Sejas Cárdenas, en representación de la Unidad de Gestión Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores de fs. 1487 a 1490; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo
- Por memorial presentado el 17 de octubre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- c)Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 10 de octubre de 2014
- De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos del mismo, lo siguiente
- 3)Finalmente, señala que el Tribunal de alzada no circunscribió su decisión a los puntos impugnados,
- judicial conforme lo determinan los arts
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes se constata que el recurrente
- En los motivos primero, segundo y tercero del recurso, el recurrente denuncia que: i) El
- En cuanto al Auto Supremo 527 de 17 de noviembre de 2006 y al Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Se emite el presente Auto Supremo en la fecha indicada, por baja médica de la
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
