Por memorial presentado el 17 de octubre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 003/2015-RA
Sucre, 06 de enero de 2015
Expediente: La Paz 163/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Juan Carlos Eyzaguirre Fuentes
Delitos: Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de octubre de 2014, cursante de fs. 1487 a 1490, Rafael Luis Sejas Cárdenas, en representación de la Unidad de Gestión Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 69/2014 de 5 septiembre, de fs. 1468 a 1476 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la entidad recurrente contra Juan Carlos Eyzaguirre Fuentes, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 003/2015-RA
Sucre, 06 de enero de 2015
Expediente: La Paz 163/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Juan Carlos Eyzaguirre Fuentes
Delitos: Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de octubre de 2014, cursante de fs. 1487 a 1490, Rafael Luis Sejas Cárdenas, en representación de la Unidad de Gestión Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 69/2014 de 5 septiembre, de fs. 1468 a 1476 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la entidad recurrente contra Juan Carlos Eyzaguirre Fuentes, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 17 de octubre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- c)Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 10 de octubre de 2014
- De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos del mismo, lo siguiente
- 3)Finalmente, señala que el Tribunal de alzada no circunscribió su decisión a los puntos impugnados,
- judicial conforme lo determinan los arts
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes se constata que el recurrente
- En los motivos primero, segundo y tercero del recurso, el recurrente denuncia que: i) El
- En cuanto al Auto Supremo 527 de 17 de noviembre de 2006 y al Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Se emite el presente Auto Supremo en la fecha indicada, por baja médica de la
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
