Auto Supremo AS/0007/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0007/2015-RA-L

Fecha: 21-Ene-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 007/2015-RA-L
Sucre, 21 de enero de 2015

Expediente: Oruro 56/2009
Parte acusadora: Samuel Antonio García Agudo
Parte imputada: Rubén Quena Medrano
Delito: Injuria

RESULTANDO

Por memorial presentado el 24 de octubre de 2009, cursante de fs. 67 a 70, Rubén Quena Medrano, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 27/2009 de 2 de octubre, de fs. 58 a 60 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por Samuel Antonio García Agudo contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Injuria, tipificado y sancionado por el art. 287 del Código Penal (CP)

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Desarrollada la audiencia de juicio oral, la Jueza Primera de Sentencia de la entonces Corte Superior de Justicia de Oruro, por Sentencia 005/2009 de 22 de junio (fs. 32 a 36 vta.), declaró al imputado Rubén Quena Medrano, autor de la comisión del delito de Injuria, Tipificado por el art. 287 del CP. Sancionándole con prestación de trabajo de dos meses y multa de cincuenta días, a razón de tres bolivianos por día más costas a favor de la parte querellante.

b)Contra la mencionada Sentencia, Rubén Quena Medrano (fs. 39 a 42 vta.) formuló recurso de apelación restringida, siendo resuelto por Auto de Vista 27/2009 de 2 de octubre, dictado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro (fs. 58 a 60 vta.), que declaró improcedente el recurso de apelación restringida y confirmó la Sentencia apelada