Regístrese, hágase saber y cúmplase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación de fs. 67 a 70, interpuesto por Rubén Quena Medrano; únicamente con relación al tercer motivo. Asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.
Regístrese, hágase saber y cúmplase
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, el 19 de octubre de 2009
- Del memorial que cursa de fs. 67 a 70, se extraen los siguientes motivos
- 4)Denuncia igualmente que el Auto de Vista impugnado no analiza la falta de fundamentación de
- 5)Argumenta que el Auto de Vista no realiza una adecuada interpretación y análisis de los
- Finalmente concluye invocando como resoluciones vinculantes con relación a la falta de fundamentación de la
- sobre Derechos Humanos y 14
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Con relación al primer y segundo de los motivos denunciados por el recurrente, relativos a
- Finalmente con relación a los motivos cuarto y quinto relativos al supuesto análisis aislado por
- Por último, si bien en la parte final de recurso, se transcribe algunos precedentes, más
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- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
