De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)En mérito a la acusación pública (fs. 3 a 5 vta.); y, una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció la Sentencia 28/2012 de 20 de junio (fs. 243 a 251), declarando a la imputada Ana Mariela Inocente Rodríguez, autora de la comisión del delito de Suministro de Sustancias Controladas, tipificado por el art. 51 de la Ley 1008, condenándole a la pena de ocho años de presidio y el pago de doscientos días multa a razón de un boliviano por día, con costas; asimismo, la absolvió por el delito Tráfico previsto por el art. 48 de la citada Ley. En cuanto al imputado José Walter Contreras, se dictó sentencia absolutoria en su favor por el delito de Tráfico que le fuere atribuido
- Por memorial presentado el 17 de diciembre de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, la imputada Ana Mariela Inocente Rodríguez formuló recurso de apelación restringida
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente argumento
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes se tiene que el recurso
- Ahora bien, la recurrente señala que la Sentencia no valoró las circunstancias concomitantes del supuesto
- Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio ni
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
