Auto Supremo AS/0047/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0047/2015-RA

Fecha: 21-Ene-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


Respecto al Auto Supremo 320 de 14 de junio de 2003, si bien corresponde al sistema procesal penal vigente, el impetrante, omitió señalar, en los términos exigidos por el último párrafo del art. 416 del CPP, la posible contradicción en la que incurrió el Auto de Vista, máxime si como se señaló anteriormente, no se puede percibir denuncia concreta contra el fallo de alzada; en cuyo mérito, ante los defectos en el planteamiento del recurso de casación, no es posible cumplir con la competencia establecida en los arts. 420 del CPP y 42 inc. 3) de la LOJ, correspondiendo aplicar la sanción establecida en el último párrafo del art. 417 del CPP.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Carlos Rojas Séptimo, de fs. 339 a 342