Auto Supremo AS/0049/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2015

Fecha: 29-Ene-2015

Bajo los antecedentes expuestos, y en consideración a que el presupuesto principal para el acceso

Bajo los antecedentes expuestos, y en consideración a que el presupuesto principal para el acceso al derecho de impugnación es el agravio o perjuicio que haya sufrido la parte, configurándose de esta manera el interés (material o moral) para poder ser presentado la impugnación, siendo la regla básica de legitimación para que el efecto de la contravención sea la sanción de nulidad. En el caso de Autos no se evidencia la concurrencia de aquel presupuesto, primero porque el único punto de apelación le fue concedido por el Ad quem como se dijo, y segundo porque se reclama a nombre de la demandada sin estar autorizado. Concluyendo que ante la inexistencia de perjuicio alguno en contra del recurrente, resulta impertinente y un exceso la interposición del presente recurso de casación por parte del actor, denotándose además una conducta maliciosa que merece ser reprendida