Auto Supremo AS/0049/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2015

Fecha: 29-Ene-2015

FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Respecto a los motivos que se pretende exista casual de casación, corresponde señalar que verificado los antecedentes, se establece que citada a fs. 21, la demandada se apersonó al proceso y respondió a la demanda conforme prevé el art. 347 de la norma Adjetiva Civil, habiendo merecido por parte del Órgano Jurisdiccional, Resolución que cursa a fs. 72 vta., por el que señaló el Juez de la causa que correspondía dictar resolución y en consecuencia decretó “Autos para Sentencia”, con este actuado fueron las partes notificados conforme salen de las diligencias de fs. 73 en fecha 15 de enero de 2010, sin que las mismas hubieran cuestionando la resolución con algún recurso, que finalmente dio lugar a la emisión de la sentencia de fs. 74 a 75 vta., de fecha 22 de febrero de 2010, es decir luego de transcurridos más de un mes desde que las partes asumieron conocimiento de la resolución que admitió el allanamiento de la demandada. Ese antecedente evidencia que el recurrente no cuestionó en su momento lo que hoy considera vicio de nulidad, siendo evidente que aquel actuado no le causó perjuicio alguno