En el caso de autos, se establece que el
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se establece que el 9 de diciembre de 2014, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado y el 16 del mismo año, formuló recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la Ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Bajo el subtítulo “CONTRADICCION DEL AUTO DE VISTA CON LOS PRECEDENTES” (sic), hace referencia al
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente alega que fue injustamente condenado,
- Asimismo, en cuanto a la supuesta vulneración de derechos o garantías fundamentales como la presunción
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
