Auto Supremo AS/0061/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0061/2015-RA

Fecha: 28-Ene-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


c) El 9 de diciembre de 2014 (fs. 585), fue notificada la recurrente con el referido Auto de Vista y el 12 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación.

II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

La recurrente denuncia que el Auto de Vista confirmó la Sentencia de forma contradictoria a lo establecido en los precedentes invocados en apelación restringida; manifiesta que no se valoró la prueba que demostró la existencia del hecho y la participación del imputado, quien utilizó llaves y clave de ingreso al cajero automático para hurtar $us. 22.600.- y Bs. 190.450.-, mientras desempeñaba sus funciones como portavalor de ATMs de la empresa “BRINKS BOLIVIA” S.A, sin considerarse que era el único que tenía la clave de ingreso conforme las declaraciones testificales de Giovani Mejía y Arturo Guachalla