POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 146, sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- Auto Supremo Nº 264/2015-L
- Sucre, 29 de octubre de 2015
- Expediente: LP 81/2011
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social por reincorporación, el Juez Segundo de Trabajo y
- En grado de apelación de fs
- El referido fallo motivó a la parte demandante, a través de su representante legal, la
- Indica que la Resolución Ministerial 566/80 es de aplicación preferente al Decreto Supremo 21060, por
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Por lo que el tribunal de apelación a tiempo de emitir el auto de vista
- Por lo precedentemente analizado, se concluye que no resulta evidente la violación de los arts
- Por otra parte es preciso indicar que el petitorio que efectúa el apoderado de la
- Por lo señalado, resultan injustificables los argumentos acusados en el recurso, no siendo evidentes las
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
