Auto Supremo AS/0350/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0350/2015

Fecha: 27-Oct-2015

Bajo esos parámetros, se concluye que el Auto de Vista AV-SECCASA 81/2015 de 28 de

Bajo esos parámetros, se concluye que el Auto de Vista AV-SECCASA 81/2015 de 28 de abril de fs. 340 a 342, que resolvió en apelación en efecto devolutivo, contra el Auto Interlocutorio Nº 090/2014 de 18 de diciembre, que no es una resolución susceptible de ser impugnada a través del recurso de casación, precisamente, por no estar comprendida dentro de las resoluciones consignadas en el art. 255 del adjetivo civil, en cuyo caso el tribunal de alzada, debió aplicar lo previsto por el art. 262.3) del mismo cuerpo normativo, normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio, conforme dispone el art. 90 del CPC anotado; y al no haber obrado de esa manera, ha concedido indebidamente el recurso planteado por el recurrente, pese a su manifiesta improcedencia