Continuando con lo anterior, resulta ser que el representante de la entidad demandada, pretende recién
Continuando con lo anterior, resulta ser que el representante de la entidad demandada, pretende recién hacer valer los derechos que pudo observar en el recurso de apelación, razón por la cual el Tribunal ad quem debió haber rechazado de oficio el recurso de casación interpuesto a fs. 36 y vta., en virtud de la competencia que nace de la aplicación del referido inciso 2 del art. 262 del CPC, situación que impide a este Tribunal Supremo abrir su competencia para la resolución del recurso interpuesto
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por Lenny Gómez Vargas (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia deje sin efecto tanto la Sentencia como
- Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación, corresponde resolver el
- Por su parte, el art
- De la normativa glosada no es difícil concluir que para que el recurso de casación
- Abundando en la fundamentación jurídica se tiene que, si bien es cierto que los medios
- Ahora bien, en el caso presente y del examen de los antecedentes, se establece que
- Continuando con lo anterior, resulta ser que el representante de la entidad demandada, pretende recién
- Consiguientemente, en el marco de lo expuesto precedentemente, corresponde resolver el recurso de casación según
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
