POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm., Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184.1 de la CPE y el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 36 y vta., interpuesto por Abner Beltrán Alcalde Municipal de Santa Rosa del Abuná
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por Lenny Gómez Vargas (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia deje sin efecto tanto la Sentencia como
- Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación, corresponde resolver el
- Por su parte, el art
- De la normativa glosada no es difícil concluir que para que el recurso de casación
- Abundando en la fundamentación jurídica se tiene que, si bien es cierto que los medios
- Ahora bien, en el caso presente y del examen de los antecedentes, se establece que
- Continuando con lo anterior, resulta ser que el representante de la entidad demandada, pretende recién
- Consiguientemente, en el marco de lo expuesto precedentemente, corresponde resolver el recurso de casación según
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
