De lo manifestado, se infiere que, los recursos de "casación en el fondo" y "casación
De lo manifestado, se infiere que, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma", si bien aparecen hermanados, son dos realidades procesales de diferente naturaleza jurídica, de ahí que, técnicamente no hay recurso de casación, cuando se plantea uno en el que no se concreta correctamente el reclamo como casación en el fondo o casación en la forma, no existe una justificación o fundamentación individualizada, o no se concluye el recurso con una solicitud de forma independiente y alternativa
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En grado de apelación interpuesto
- El mencionado Auto de Vista motivó el
- Indica que, por una parte se dispone el pago de Bs
- Concluyó señalando que, reitera el recurso de casación en el fondo ante el superior en
- El recurso de casación definido como un recurso extraordinario, es concedido para invalidar una Sentencia
- Por otra parte, resulta trascendental para la procedencia del recurso, que el recurrente cumpla con
- Por otro lado, si se interpone recurso de nulidad o de casación en la forma,
- De lo manifestado, se infiere que, los recursos de "casación en el fondo" y "casación
- Finalmente, el recurrente en su petitorio final en una clara confusión de las naturaleza jurídica
- En consecuencia, al no haber cumplido el recurrente con la carga legal prevista en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- No se regula honorario profesional de abogado, al no existir respuesta al recurso
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
