Señala que, el Juez a quo valoró adecuadamente los antecedentes del proceso, estableciendo la existencia
Señala que, el Juez a quo valoró adecuadamente los antecedentes del proceso, estableciendo la existencia de vicios procesales susceptibles de nulidad, por lo que tomó correctamente la decisión de anular obrados hasta el vicio más antiguo conforme el art. 90.I del CPC, siendo equivocado lo determinado por el Auto de Vista al indicar que, la Sentencia habría vulnerado el principio de congruencia cuando declaró la nulidad que no habría sido solicitada por las partes
- CONSIDERANDO I
- Dicha resolución motivó que la parte demandante formule recurso de casación en el fondo de
- Señala que, el Juez a quo valoró adecuadamente los antecedentes del proceso, estableciendo la existencia
- Refiere que, la Sentencia dispuso la nulidad ante la existencia de un acto administrativo tributario;
- De la revisión y compulsa de antecedentes del proceso, lo expuesto en el recurso de
- Para resolver la presente problemática es necesario traer a colación lo señalado por el art
- Por otro lado, sobre el principio de congruencia se tiene la jurisprudencia sentada por el
- Bajo este contexto, y analizando el presente caso, se tiene que evidentemente la Sentencia 011/09
- Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas en el recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
