Auto Supremo AS/0763/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0763/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Las falencias advertidas inducen a aplicar lo advertido por los arts

A las inexactitudes advertidas debe añadirse el petitorio, pues no obstante haber interpuesto recurso de casación en la forma, que implicaría la nulidad de la Resolución recurrida, pide que se pronuncie resolución Casando el Auto de Vista y que fallando en el fondo se declare probadas las excepciones opuestas e improbada la demanda.
Las falencias advertidas inducen a aplicar lo advertido por los arts. 271.1 y 272.2 del CPC, aplicables al caso por mandato de norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT