Auto Supremo AS/0763/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0763/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Teniendo presente los fundamentos jurídicos expuestos en el acápite que precede, se advierte que el

b) Análisis del caso
Teniendo presente los fundamentos jurídicos expuestos en el acápite que precede, se advierte que el recurso de casación en la forma expuesto por Rubén Darío Mendoza Cossío, en representación de GOLDEN TRADE Ltda., no cumple con los requisitos establecidos por el art. 258.2 del CPC, pues analizados los argumentos descritos en el memorial del recurso, se desprende que el recurrente desconociendo la naturaleza y finalidad que persigue el recurso de casación, se limita a señalar que interpone recurso de casación en la forma, sin intentar identificar o señalar alguno de los motivos de procedencia descritos en el art. 254 del CPC, precisando en cuál de los errores “in procedendo” previstos por la citada norma adjetiva incurrió el Tribunal de Alzada, pues de la lectura del citado recurso, no es posible visualizar un motivo claro y concreto por el que se precise, en qué consiste la infracción o vulneración en la que hubiera incurrido el Tribunal de Alzada al pronunciar el Auto de Vista