Auto Supremo AS/0815/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0815/2015

Fecha: 23-Oct-2015

Añade que, el Tribunal de Alzada, fundamentó su resolución en normas inaplicables al caso concreto,

Añade que, el Tribunal de Alzada, fundamentó su resolución en normas inaplicables al caso concreto, lo cual reflejaría que no se hubiera realizado ningún tipo de análisis a los elementos de prueba presentados. Agrega también que la vía idónea para la resolución o realizar cualquier reclamo, es la civil y no la laboral como pretende hacerlo el demandante. Tomando en cuenta que el contrato de servicios suscrito entre el demandante y la ahora demandada al no ser laboral no genera relación social alguna y que por ello no puede ser sustanciado en la jurisdicción laboral y la misma de be ser conocida en la jurisdicción civil