Auto Supremo AS/0871/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0871/2015

Fecha: 02-Oct-2015

En el sub lite, corresponde señalar que el reclamo radica en la presunta violación del

En el sub lite, corresponde señalar que el reclamo radica en la presunta violación del art. 327 num. 5) y 190 ambos del Código de Procedimiento Civil, pretendiendo que se enmarque dentro de lo previsto por el art. 253 num. 1) y 3) del Código de Procedimiento Civil, que hace al recurso de casación en el fondo, sin embargo señala como quebrantados artículos del Código Adjetivo de la materia, normativa que concierne a un recurso de casación en la forma porque se citan normas que dirigen el desenvolvimiento procesal, por lo que el recurso se lo debió interponer en la forma y no en el fondo como erradamente se lo plantea por la recurrente