Auto Supremo AS/0871/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0871/2015

Fecha: 02-Oct-2015

Que, la recurrente en su expresión de agravios señala los siguientes

CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Que, la recurrente en su expresión de agravios señala los siguientes:
1.- Violación del art. 190 del Código de Procedimiento Civil, señalando que los actores demandan la nulidad del documento registrado en fecha 12 de Julio del año 2000, este documento registrado del que piden nulidad no existen antecedentes mucho menos sea establecido su existencia y que desde el inicio de la demanda se llego a vulnerar el art. 327 caso 5 del Código de Procedimiento Civil