Auto Supremo AS/0955/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0955/2015

Fecha: 14-Oct-2015

En cumplimiento a lo previsto en el art


POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los artículos 271 num. 3) y 275) del Código de Procedimiento Civil, con relación al art. 106 del Procesal Civil, ANULA el Auto de Vista 120, de fecha 05 de abril del 2011, cursante de fs. 167 a 168 pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, disponiéndose que sin espera de turno y previo sorteo el Tribunal Ad quem resuelva la apelación con la pertinencia del art. 236 de la norma adjetiva.
Siendo un error excusable no se impone multa.
En cumplimiento a lo previsto en el art. 17.IV de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, hágase conocer la presente Resolución al Consejo de la Magistratura a los fines consiguientes