CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
El recurrente alega que el Auto de Vista no resolvió el agravio cometido por el Juez de la causa, motivo que lo impulsa a interponer el presente recurso.
Para luego referir que la traslación de dominio sobre el inmueble a favor del actor es de fecha posterior al proceso de usucapión, lo que significa que la vendedora Ruth Ivone Galindo de Mejía nunca estuvo en posesión del inmueble y no pudo entregarle la misma a su comprador, por consiguiente no fue una venta perfecta, de ahí que el argumento del Juez en sentido de que el actor hubiera demostrado mejor derecho propietario vulnera el art. 1283 con relación al art. 1492 del Código Civil por cuanto el derecho de la vendedora ya había prescrito en mérito a la demanda de usucapión que constituye una de las formas de adquirir la propiedad conforme el art. 130 del sustantivo civil, motivo por el cual no podía transferir el inmueble
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que a su vez es recurrida de casación en el fondo, que es objeto
- CONSIDERANDO II
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Agravios que debieron ser cuestionados bajo los alcances del recurso de casación en la forma,
- En base a los fundamentos expuestos, corresponde a este Tribunal fallar conforme establece el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario profesional del abogado de la parte actora en 1.000 Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
