CONSIDERANDO II:
CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Refiere, que la demanda de divorcio absoluto se fundamenta en la causal 130-4 del Código de Familia, vale decir por sevicias, injurias graves o malos tratos de palabra o de obra que hagan intolerable la vida en común, en consecuencia corresponde a la demandante cumplir con la carga de la prueba a que se encuentra obligada por mandato del art. 1283 del Código Civil
Refiere, que la demanda de divorcio absoluto se fundamenta en la causal 130-4 del Código de Familia, vale decir por sevicias, injurias graves o malos tratos de palabra o de obra que hagan intolerable la vida en común, en consecuencia corresponde a la demandante cumplir con la carga de la prueba a que se encuentra obligada por mandato del art. 1283 del Código Civil
- Expediente: SC – 136 – 11 – S
- Proceso: Divorcio
- CONSIDERANDO I:
- Resolución que dio lugar al recurso de Casación, interpuesto por José Nelson Vásquez Ramírez, el
- CONSIDERANDO II:
- Del mismo modo refiere que la prueba testifical de cargo se ha recibido las declaraciones
- Señalando también que la familia es una institución que merece la protección del estado y
- Por lo que termina peticionando al Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista
- CONSIDERANDO III:
- A tal efecto, diremos que los casos en que procede el recurso de casación en
- De otro lado, cuando se recurre de casación en la forma cuando se han violado
- Y como se manifestó de manera precedente si planteado el recurso de casación en el
- En el sub lite, partiendo del agravio de un supuesto error de hecho en la
- Por las razones expuestas corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia fallar en la forma
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
