Por memorial presentado el 7 de julio de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 629/2015-RA
Sucre, 26 de noviembre de 2015
Expediente : Beni 5/2015
Parte Acusadora : Ministerio público y otro
Parte Imputada : Elva Navia Gómez
Delitos : Uso de Instrumento Falsificado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de julio de 2015, cursante de fs. 282 a 286, Elva Navia Gómez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 5/2015 de 23 de junio, de fs. 269 a 272 vta., pronunciado por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Dirección Departamental de Educación de Beni contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado, previsto y sancionado por el art. 203 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 629/2015-RA
Sucre, 26 de noviembre de 2015
Expediente : Beni 5/2015
Parte Acusadora : Ministerio público y otro
Parte Imputada : Elva Navia Gómez
Delitos : Uso de Instrumento Falsificado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de julio de 2015, cursante de fs. 282 a 286, Elva Navia Gómez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 5/2015 de 23 de junio, de fs. 269 a 272 vta., pronunciado por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Dirección Departamental de Educación de Beni contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado, previsto y sancionado por el art. 203 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 7 de julio de 2015, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 3/2014 de
- c) El 30 de junio de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 30 de junio del 2015, fue
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, la recurrente a tiempo de
- En cuando a la invocación del Auto Supremo 268/2013 de 24 de mayo, de la
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
