Auto Supremo AS/0669/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0669/2015-RA

Fecha: 27-Nov-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 20/2014 de 08 de mayo (fs. 55 a 62 vta.), la Jueza Segunda de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Filomena Cruz Cabezas, absuelta de culpa y pena de la comisión del delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado por el art. 271 segunda parte del CP, en razón a que el hecho acusado nunca existió, ante el pedido de la absuelta se dispuso la reparación de costas y daño civil emergente, averiguable en ejecución de sentencia.

b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Flora Jacqueline Pérez Flores, formuló recurso de apelación restringida (fs. 66 a 74); resuelto por Auto de Vista 12/2015 de 10 de abril, (fs. 88 a 91 vta.), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró procedente el recurso planteado; por ende, anulo totalmente la Sentencia apelada, ordenando la reposición del juicio oral por otro Juez de Sentencia de Turno