Al efecto citó como precedentes contradictorios las Sentencia Constitucional 287/99-R de 28 de octubre, 1496/2005-R
Al efecto citó como precedentes contradictorios las Sentencia Constitucional 287/99-R de 28 de octubre, 1496/2005-R de 22 de noviembre, 0193/2006-R de 21 de febrero, 0753/2003-R de 4 de junio, 418/2000-R, 1276/2001-R, 0119/2003-R de 28 de enero, 0489/2003-R de 15 de abril, 600/2003-R de 6 de mayo, 1044/2003 de 22 de julio, 1230/2004-R de 3 de agosto, 1496/2005-R de 22 de noviembre, 0196/06-R, 1007/10-R y 0682/04-R de 6 de mayo
- Por memorial presentado el 31 de julio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo
- Al efecto citó como precedentes contradictorios las Sentencia Constitucional 287/99-R de 28 de octubre, 1496/2005-R
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida,
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, sobre el único motivo, en el que se denuncia que el Tribunal de
- Pues bien, ante la advertencia por parte de este Tribunal que el recurrente denuncia vulneración
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
