De la revisión de los memoriales de casación de fs
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de los memoriales de casación de fs. 956 a 961 y 965 a 969 vta., se establece que ambos son iguales en cuanto a su contenido; por lo que, se procede a efectuar la identificación del o los motivos de manera conjunta:
El recurrente denuncia el incumplimiento a lo establecido por el Auto Supremo 317 de 13 de junio de 2013, ya que el Tribunal de alzada validó una Sentencia con defectos en la aplicación de la condena, pues deviene de un proceso con defectos absolutos enumerados en su recurso de apelación restringida, refiriendo que el argumento de que el proceso concluyó de manera correcta en aplicación de los arts. 332 inc. 2), 132 y 20 del CP, a decir del imputado es incorrecta, ya que no se tomaron en cuenta los arts. 37 y 24 de la misma norma Penal. Señala que en el caso de Autos no se realizó la inspección y reconstrucción del lugar de los hechos, actuado procesal que era determinante para que su defensa demuestre, que su persona no se encontraba en el lugar del hecho acusado; en consecuencia, el Tribunal de mérito lo condenó por algo que no le consta, vulnerando su derecho a la defensa, la presunción de inocencia y del debido proceso. Asimismo, refiere que no se tomó en cuenta la violación a los principios de continuidad, inmediación y concentración ya que hubiesen existido constantes y prolongadas interrupciones en las audiencias de juicio oral
- Por memoriales presentados el 19 de junio y el 28 de julio de 2015,
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Ahilton Rivarola Antelo, interpuso recurso de
- c) El 23 de julio de 2015 (fs
- De la revisión de los memoriales de casación de fs
- El recurrente reitera que en el proceso penal se le condenó con falta de fundamentación
- Finalmente bajo el acápite de derechos y garantías vulnerados, el recurrente refiere que los Tribunales
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 23 de julio de 2015, fue
- En cuanto al confuso e impreciso memorial de casación se extrae en lo esencial
- A los fines de establecer el cumplimiento o no de los requisitos de formalidad del
- De igual manera se hace una denuncia general de vulneración a los principios de continuidad,
- Ahora bien, ante la denuncia de vulneración a su derecho a la defensa, la presunción
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
