De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 23/2014 de 8 de diciembre (fs. 98 a 105 vta.), el Juez Primero de Sentencia en lo Penal de Santa Cruz, declaró a Elba Teodolinda Alcocer Camacho, autora de la comisión del delito de Calumnia, previsto y sancionado por el art. 283 del CP, imponiéndole la pena de un año y seis meses de reclusión, más 100 días multa a razón de Bs. 1 por día y costas; asimismo, en virtud del art. 368 del Código de Procedimiento Penal se lo concedió el beneficio del Perdón Judicial.
b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida, (fs. 115 a 118 vta.), resuelto por el Auto de Vista 18 bis de 24 de abril de 2015 (fs. 130 a 133), que declaró admisible e improcedente el citado recurso.
c) El 1 de junio de 2015 (fs. 135), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista y el 9 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación
- Por memorial presentado el 9 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Nuevamente señala que el Auto de Vista incurre en incongruencia omisiva, por
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 479 de 8 de diciembre de 2005, 251
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 1 de junio de 2015 (fs
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad se observa que, en los tres motivos, la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
