En el caso de autos, se establece que el 1 de junio de 2015 (fs
IV.ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se establece que el 1 de junio de 2015 (fs. 135), fue notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado y el 9 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, tomando en cuenta el feriado de Corpus Cristi, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 9 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Nuevamente señala que el Auto de Vista incurre en incongruencia omisiva, por
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 479 de 8 de diciembre de 2005, 251
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 1 de junio de 2015 (fs
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad se observa que, en los tres motivos, la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
