Por memorial presentado el 20 de agosto de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 698/2015-RA
Sucre, 30 de noviembre de 2015
Expediente: Tarija 48/2015
Parte Acusadora: Sociedad Comercial Planta Industrializadora de Leche Tarija S.A (PIL Tarija S.A.)
Parte Imputada: José Alejandro Quiroga Valdez
Delitos: Apropiación Indebida y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de agosto de 2015, cursante de fs. 218 a 220 vta., José Alejandro Quiroga Valdez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 42/2015 de 28 de julio de fs. 231 a 234 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por la Sociedad Comercial Planta Industrializadora de Leche Tarija S.A. (PIL Tarija S.A.) contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 698/2015-RA
Sucre, 30 de noviembre de 2015
Expediente: Tarija 48/2015
Parte Acusadora: Sociedad Comercial Planta Industrializadora de Leche Tarija S.A (PIL Tarija S.A.)
Parte Imputada: José Alejandro Quiroga Valdez
Delitos: Apropiación Indebida y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de agosto de 2015, cursante de fs. 218 a 220 vta., José Alejandro Quiroga Valdez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 42/2015 de 28 de julio de fs. 231 a 234 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por la Sociedad Comercial Planta Industrializadora de Leche Tarija S.A. (PIL Tarija S.A.) contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 20 de agosto de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado José Alejandro Quiroga Valdez, interpuso recurso de
- c) Que de las diligencias de notificación de 13 de agosto de 2015
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- a) Como primer motivo, se denuncia que a las normas sustantivas y adjetivas se
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
